lunes, 24 de octubre de 2011

PENSAR LA PROFUNDIZACIÓN: REFORMA CONSTITUCIONAL

El rol de las constituciones en los procesos populares


La República Argentina vive un momento histórico. La Presidenta Cristina Fernández fue re-electa con un contundente apoyo de un pueblo que considera que es ella la que sintetiza y representa sus demandas. A partir de ahora se abre un camino de trabajo y análisis sobre la orientación del proceso político que nos pone la tarea de "Organizar para Profundizar". Sobre esta base encuadramos la necesidad de discutir alrededor del significado de la profundización. Y dentro del debate de la profundización del proyecto nacional y popular aparecen medidas destinadas  a seguir avanzando en mayores niveles de distribución de la riqueza. Llegar a un país con pleno empleo y participación de los trabajadores en las ganancias que producen, consolidar ese país agro-industrial que propone el Plan Estratégico Agroalimentario para lograr soberanía alimentaria y mas valor agregado para los productos que se exportan y efectivizar la Ley de Tierras para ponerle el freno a los capitales extranjeros son algunos de los desafíos que ya están en la agenda. Pero también hay que pensar una política de activa defensa de los recursos naturales, una Ley de Servicios Financieros que establezca al sistema financiero como un servicio público pensado desde los usuarios o una Ley de Educación Superior que conciba a ésta como un bien público y no como una mercancía, entre otras tantas necesidades que debemos transformar en derechos.

Todas las políticas que serán realidades efectivas en los próximos años y aquellos derechos alcanzados durante los 8 años de kirchnerismo, nos abre otro debate que es el que proponemos en este artículo y que ha sido tema de agenda de los medios masivos de comunicación y de la derecha argentina en el último tramo de la campaña electoral: La reforma constitucional.

 Al margen de que no hay señales concretas de una medida semejante, por lo menos en el corto plazo, es necesario debatir el rol de las constituciones en los procesos nacionales y populares que vivieron y viven nuestros pueblos, y así, evitar algunas malformaciones comunicacionales tendientes mas a confundir que a aclarar, ya que desde el conglomerado opositor plantean el tema como una amenaza a las instituciones.
 Podemos remontarnos a las constituciones emancipatorias de Chuquisaca y el Alto Perú, con próceres como Bernardo de Monteagudo y Juan José Castelli en donde lo que solo podría ser un texto con algunos puntos formales trasladados al papel, significó la proclamación independentista de los pueblos latinoamericanos. Este mismo fenómeno se traslada a principios de 1919 con el denominado “Constitucionalismo Social”, surgido luego de la revolución industrial y a la aparición de la clase obrera como sujeto vertebrador de los procesos revolucionarios del siglo XIX. En este mismo esquema se encuadra la revolución mexicana de 1917, con Emiliano Zapata a la cabeza.

 El recuerdo histórico mas reciente, es la constitución del 49’, sancionada por el gobierno del Gral. Perón el 11 de marzo de ese año, y derogando la vieja constitución de 1853 de Juan Bautista Alberdi, de estirpe liberal. Esa constitución contemplaba los derechos económicos y sociales del gobierno peronista. La Constitución de 1949 sintetizaba la lucha del pueblo argentino por una patria justa, libre y soberana. La disputa en la construcción de un proyecto nacional y popular con los capitalismos imperantes dispuestos a entrometerse en la vida interna de nuestro país para representar intereses foráneos. Al respecto Jhon William Cooke, uno de los impulsores de la reforma junto con Arturo Sampay, expresó perfectamente, como convencional constituyente que, “Ante el creciente poder de las grandes organizaciones capitalistas, de proyecciones mundiales, fue un mito la libertad, no ya económica, sino política. Este estado de cosas hizo entonces necesaria la intervención del Estado en la vida económica de las naciones, tanto para impedir la explotación de los débiles como para facilitar el desarrollo orgánico y equilibrado de las fuerzas económicas”.
El Gral. Perón dijo, en la Convención Nacional Constituyente que aprobó la reforma, que “la evolución de los pueblos, el simple transcurso de los tiempos, cambian y desnaturalizan el sentido de la legislación dictada para los hombres de una época determinada. Cerrar el paso a nuevos conceptos, nuevas ideas, nuevas formas de vida, equivale a condenar a la humanidad a la ruina y al estancamiento. Al pueblo no pueden cerrársele los caminos de la reforma gradual de sus leyes; no puede impedírsele que exteriorice su modo de pensar y de sentir y los incorpore a los cuerpos fundamentales de su legislación”.

 La constitución de 1949 logró institucionalizar lo que significaron años de lucha contra el capital concentrado que estaba en contra de los derechos laborales, del estatuto del peón, de la nacionalización del comercio exterior y los recursos naturales, del sentido social de la propiedad y de la participación popular en un proceso de avanzada que cambiaba el paradigma liberal imperante durante décadas infames.
 El texto decía: “El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución”.

 Y más adelante dice, algo que no era apto para los corazones del poder económico: “Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias”. Motivos de sobra para que la “revolución fusiladora” borre de un plumazo, tanto las conquistas obtenidas, como el rango institucional que la sostenían.

 Si nos centramos en la realidad latinoamericana nos encontramos con países que tuvieron la voluntad política de configurar una carta orgánica mas dedicada a plasmar los intereses de las mayorías populares que de las oligarquías locales y multinacionales.

 Un ejemplo es la Bolivia de Evo, que sancionó en 2009 la nueva constitución que consolida el protagonismo de “los 36 pueblos originarios de Bolivia”. La nueva norma limita el latifundio y aprueba distintas formas de propiedad social y comunitaria. Los históricamente postergados no solo son reconocidos sino que empiezan a ser parte de la riqueza que ellos mismos producen. En Ecuador, en Venezuela y –en menor medida– en Brasil, las constituciones reconocen la propiedad social y sus líderes así como los partidos o coaliciones gobernantes, son impulsores de un nuevo orden económico social donde los derechos económico-sociales de los más desprotegidos tengan rango constitucional. Como era de esperarse, los grupos concentrados del poder económico expresado mayoritariamente por los medios masivos de comunicación demonizan a los lideres de los procesos populares con calificativos como “Tirano”, “Separatistas” o “Dictadores”, ocultando que las reformas fortalecen la participación popular de las democracias. Tal es el caso de Venezuela en donde Hugo Chávez ganó 15 elecciones en 12 años de revolución bolivariana. Así, y todo, las corporaciones no se molestan en seguir llamándolo "Populista".

 Las constituciones no son un conjunto de normas neutrales. Reproducen una forma de organización de los estados. Y esa forma de organización se construye incluyendo a las mayorías o excluyéndolas bajo el sometimiento de los poderosos.

 De esto se tratan las constituciones. De la posibilidad de consolidar las verdaderas revoluciones. La garantía de que un nuevo orden de cosas pueda volverse una realidad efectiva. La expresión de la correlación de fuerzas de los sectores populares en un proceso histórico.

 Plantear la reforma constitucional como una mera intención de un líder de perpetrarse en el poder, es un  reduccionismo que solo puede formar parte de una chicana política de muy baja estofa. Se trata de algo mucho más profundo y democrático, como la posibilidad de un pueblo de ser artífice de su destino, convencido y decidido a ser libre para dar lugar a la definitiva hora de los pueblos.
 Hoy, la posibilidad de una reforma constitucional es utilizada por las grandes corporaciones (en su expresión comunicacional y desde la representación parlamentaria) como una amenaza para el conjunto del pueblo. Lo que no se discute es todo lo esbozado anteriormente.

La dictadura del 55´ de Aramburu y Rojas que derrocó al Gral. Perón no derogó la constitución del 49´ al azar, sino que formo parte de una estrategia ligada a eliminar el sentido revolucionario de un proceso político, económico y social. Ese sentido transformador confrontaba con los intereses del poder concentrado y representaba la felicidad del pueblo y la grandeza de la Nación, y estos no eran derechos que una dictadura quisiera institucionalizar. Lo mismo sucedió con la enmienda de 1994|, en donde el gobierno neoliberal de Carlos Menem no hizo mas que consolidar el decálogo menemista basado en las privatizaciones y la exclusión.
 La discusión gira en torno a pensar un modelo de exclusión y endeudamiento, o de pleno empleo e independencia económica, de pobreza o justicia social, en definitiva, se trata de liberación o dependencia. Cuando la correlación de fuerza de los sectores populares es desfavorable, la constitución expresa un modelo injusto, cuando el proceso es de ofensiva, se expresan los logros de un pueblo organizado. Es claro que quien define la legitimidad de una decisión de estas características será el pueblo en su conjunto y no las corporaciones operando desde sus monopolios mediáticos.

 Para finalizar, más allá de los tiempos políticos para discutir una reforma constitucional y si hay voluntad o no del kirchnerismo de avanzar en ese sentido, es necesario remarcar la importancia de que cada uno de los logros históricos del proceso político y todos los que vendrán en el marco de su profundización aparezcan reflejados desde un marco constitucional. Y para calmar a las fieras que vociferan desde los canales de televisión atrincherados a sus propios intereses, hay que decir que la única autoridad que tiene legitimidad para defender una medida de este tipo, es el pueblo con su voto, la mejor garantía para la defensa de las instituciones.

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